Resolucion 1067 de la Sesión celebrada el 26 de Julio de 1996 del Consejo de Seguridad de la ONU donde TOMA NOTA: de que el DERRIBO ILÍCITO por la Fuerza Aérea Cubana de DOS AERONAVES Civiles el 24 de Febrero de 1996 VIOLÓ EL PRINCIPIO DE QUE LOS ESTADOS DEBEN ABSTENERSE DE RECURRIR AL USO LAS ARMAS EN CONTRA DE LAS AERONAVES CIVILES y CUANDO SON INTERCEPTADAS NO DEBE PONERSE EN PELIGRO las VIDAS DE LAS PERSONAS a bordo, ni la seguridad de la Aeronave.